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Guía · Contadores · DIAN · 6 min de lectura

Información exógena 2026: formatos 1001 a 2276 explicados

La información exógena (los «medios magnéticos») es el reporte anual con el que la DIAN cruza lo que tú declaras con lo que declaran tus clientes, proveedores y empleados. La del año gravable 2025 se presentó entre mayo y junio de 2026; la del año gravable 2026 se presenta en 2027. Va en formatos XML con un esquema estricto. Esta guía explica, formato por formato, qué se reporta y de dónde sale cada cifra, pensada para el contador que cierra el año de varias PYMES.

Publicado el 10 de octubre de 2026 · Equipo miPlata

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Quién estaba obligado (año gravable 2025, presentado en 2026)

La norma vigente es el Título 3 de la Resolución Única 000227 de 2025 (que compiló las Resoluciones 000162 de 2023 y 000188 de 2024), modificada por las Resoluciones 000233 y 000237 de 2025. Basta cumplir una de las condiciones del artículo 1.3.1.1:

Sujeto Condición
Personas jurídicas y asimiladas Ingresos brutos superiores a 2.400 UVT en 2025 ($119.517.600) o en 2024 ($112.956.000)
Personas naturales, régimen ordinario Ingresos brutos superiores a 11.800 UVT en 2025 ($587.628.200) o 2024 ($555.367.000) y rentas de capital o no laborales en 2025 superiores a 2.400 UVT ($119.517.600)
Personas naturales en el SIMPLE Ingresos brutos superiores a 11.800 UVT en 2025 o 2024, sin importar el tipo de ingreso
Agentes de retención Quienes practicaron retenciones en la fuente en 2025, aunque no superen los topes
Otros Grandes contribuyentes, entidades públicas, notarios, cámaras de comercio, fiduciarias, consorcios, etc. (numerales 1–3 y 6–19)

En la práctica: casi toda S.A.S. con actividad real y cualquier empresa que haya retenido estaba obligada. Para el año gravable 2026 (se presenta en 2027) la lógica es la misma, con la UVT 2026 y la resolución de plazos que expida la DIAN.

Plazos 2026 (año gravable 2025, ya vencidos)

Grupo Fechas
Grandes contribuyentes Del 5 al 19 de mayo de 2026, según el último dígito del NIT (la Resolución 000012 de 2026 movió los dígitos 1, 2 y 3 al 14, 15 y 19 de mayo)
Personas jurídicas y naturales Del 14 de mayo al 12 de junio de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT

Todos esos plazos ya pasaron. Si no la presentaste, o la presentaste con errores, aplica la sanción del artículo 651 del Estatuto Tributario (hasta el 1 % de las sumas no informadas, con topes en UVT); preséntala o corrígela cuanto antes. La del año gravable 2026 se presenta en 2027, según el calendario que publique la DIAN.

Los formatos que una PYME presenta

Formato Versión AG 2025 Qué reporta De dónde sale
1001 v10 Pagos o abonos en cuenta y retenciones practicadas, por tercero y concepto (5001 salarios, 5002 honorarios, 5004 servicios, 5007 compras, 5016 arrendamientos…) Compras, documentos soporte, nómina, pagos a terceros
1003 v7 Retenciones en la fuente que te practicaron Las retenciones informadas en tus facturas de venta y los certificados recibidos
1005 v8 IVA descontable (el IVA que pagaste en compras) Compras y documentos soporte con IVA
1006 v8 IVA generado e impuesto al consumo (el que cobraste en ventas) Facturas de venta, notas crédito y débito
1007 v9 Ingresos recibidos en el año, por tercero y concepto (4001 operacionales, 4002 no operacionales…) Facturas de venta menos notas crédito
1008 v7 Saldo de cuentas por cobrar a 31 de diciembre Cartera
1009 v7 Saldo de cuentas por pagar a 31 de diciembre Compras pendientes de pago
2276 v4 Rentas de trabajo: salarios, prestaciones, aportes y retenciones por cada empleado Nómina electrónica

Otros formatos (1010 socios, 1011 declaraciones, 1012 inversiones, 2275 ingresos de terceros) aplican según el caso.

Las versiones importan: el prevalidador de la DIAN y MUISCA rechazan un XML con una versión equivocada. Para el AG 2025 el 1001 es versión 10 (81 conceptos, con el 5101 GMF y el 5102 apoyos educativos de la 188/2024) y el 1005 versión 8; es lo que escribe el prevalidador «Tributario Informantes AG2025» v3.3.0. La versión 11 del 1001 (conceptos 5103–5105) y la 9 del 1005 que introdujo la Resolución 000233 de 2025 aplican al AG 2026, como aclaró el comunicado DIAN 053 del 7 de abril de 2026. Algunas guías en línea ya hablan de «versión 11» para el AG 2025: compruébalo siempre contra el prevalidador.

Reglas que generan la mayoría de los rechazos

Cómo sale de miPlata FACTURAR

Cada documento que transmites deja su asiento contable con el PUC, el tercero y el concepto: una factura de venta alimenta el 1007 y el 1006; una compra o documento soporte, el 1001 y el 1005; una nómina, el 1001 (5001, 5002, 5004) y el 2276; la cartera y las cuentas por pagar a 31 de diciembre, el 1008 y el 1009.

En el Portal Contador el contador ve, por empresa y periodo, los libros (diario, mayor, auxiliares), los formularios 300/350/ICA preparados y las cifras de cada formato de exógena, validadas contra el esquema XSD oficial del año gravable (versión, atributos obligatorios, tablas de tipo de documento, cuantías menores) antes de bajarlas para el prevalidador o MUISCA.

Documentos: todas las facturas, notas, documentos soporte y nómina del NIT con su tercero y estado — la base de los formatos
Documentos: todas las facturas, notas, documentos soporte y nómina del NIT con su tercero y estado — la base de los formatosPantalla de la demo pública (empresa ficticia).

Preguntas frecuentes

¿Una empresa pequeña que facturó $80 millones debe presentar exógena?

Si es persona jurídica, sí: el tope son 2.400 UVT ($119.517.600) de ingresos brutos en 2025 o en 2024, pero además queda obligada si practicó cualquier retención en la fuente. Casi toda S.A.S. retiene (honorarios, servicios, arrendamiento), así que casi todas presentan.

¿Qué es la UVT y cuál aplica?

La Unidad de Valor Tributario del año gravable que se reporta: $49.799 para el AG 2025. Los topes de obligación y las cuantías menores se calculan con esa UVT, no con la del año en que presentas.

¿Qué pasa si no presento o presento mal?

Sanción del artículo 651 del E.T.: hasta el 1 % de las sumas no suministradas, el 0,7 % de las suministradas erróneamente y el 0,5 % de las extemporáneas, con un tope de 7.500 UVT, más el desconocimiento de los costos y deducciones no reportados. Corregir antes del vencimiento no genera sanción.

¿Los conceptos del 1001 cambian cada año?

Para el AG 2025 aplica la versión 10 con 81 conceptos. Los conceptos 5103–5105 nuevos de la Resolución 000233 de 2025 (versión 11) aplican desde el AG 2026, que se presenta en 2027.

¿El documento soporte y la nómina electrónica van en la exógena?

Sí. Los pagos con documento soporte van en el 1001 con su concepto y retención; los pagos laborales van en el 1001 (concepto 5001) y en el 2276 por empleado.

¿Puedo presentar la exógena de varias empresas desde un solo lugar?

En el Portal Contador de miPlata ves todas tus empresas vinculadas con sus cifras por formato y periodo; cada archivo se presenta en MUISCA con las credenciales de la empresa.

La exógena sale de los mismos documentos que ya transmitiste

Cada factura, compra, documento soporte, nómina y pago queda contabilizado con tercero y concepto. Los formatos se arman desde ahí y se validan contra el esquema de la DIAN antes de presentarlos.

¿Falta algo en esta guía? Escríbenos a hola@miplata.co. Versión en texto plano: exogena-formatos-1001-2276.md.